top of page

Eficiencia Energética. Obligatoriedad para grandes empresas.


El pasado sábado 13 de febrero, se publicó el Real Decreto 56/2016, de 12 de febrero, por el que se transpone la Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, relativa a la eficiencia energética, en lo referente a auditorías energéticas, acreditación de proveedores de servicios y auditores energéticos y promoción de la eficiencia del suministro de energía.

El decreto señala que las grandes empresas, aquellas con más de 250 trabajadores o con un volumen de negocio superior a los 50 millones de euros (o con un balance general superior a los 45 millones de euros), deberán someterse a auditoría energética con carácter obligatorio cada 4 años. Estas empresas tienen un plazo de 9 meses para realizar dicha auditoria desde el momento de la publicación del Decreto, por lo que la fecha límite de la que disponen para realizar la auditoría energética es el 14 de Noviembre de 2016.

Las microempresas y PYMES no tienen la obligatoriedad de realizar la auditoría energética.

Es importante señalar que el Decreto recoge que las empresas que hayan realizado dicha auditoría con carácter previo a la entrada en vigor del Decreto (hasta 4 años antes de su publicación), estarán excluidas de realizar la auditoria en los 9 meses siguientes, sin embargo, deberán actualizarla a los 4 años de su realización.

Aquellas empresas que tengan implantado un sistema de gestión energética o ambiental, que incluya una auditoría energética, deberán acreditarlo para justificar el cumplimiento de las directrices mínimas recogidas en el Decreto y no realizar una nueva auditoría energética.

El Decreto también regula la acreditación y registro de proveedores de servicios energéticos y auditores energéticos, que deberán cumplir con una serie de requisitos recogidos en el capítulo 3 del Decreto.

En el capítulo 4, el Decreto trata sobre las medidas que se tomarán para promocionar la eficiencia energética en la producción y uso del calor y del frío.

Señala que el Ministerio de Industria realizará cada 5 años una evaluación completa del potencial de uso de la cogeneración de alta eficiencia y de los sistemas urbanos de calefacción y refrigeración eficientes, en los que se podrá impulsar los mercados de calores locales y regionales.

Recoge como elemento fundamental para la realización de estas evaluaciones territoriales de potencial de uso de energía de cogeneración, el análisis de coste beneficio, que podrá formar parte de la Evaluación Ambiental para poder determinar la idoneidad o no de cada tipo de acción en función de las condiciones climáticas, la viabilidad económica y la idoneidad técnica.

Recomendamos la lectura del Decreto para obtener información de detalle.

Featured Posts
Recent Posts
Archive
Search By Tags
Follow Us
  • Facebook Basic Square
  • Twitter Basic Square
  • Google+ Basic Square
bottom of page